ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA Y RENDIMIENTO EMPRESARIAL: EVIDENCIA PARA LAS MEDIANAS Y GRANDES EMPRESAS DE ECUADOR.

 

 

 

Ariell Paladines-Gallardo[1]

Yamila Plua-Burgos[2]

 

 

Resumen:

La relación entre impuestos corporativos y el desempeño financiero de las empresas ha sido ampliamente estudiado en la literatura económica. Sin embargo, impuestos especiales como el Anticipo del Impuesto a la Renta (AIR), cuentan con estudios limitados, más aún si se trata de evidencia cuantitativa. Este trabajo estima la relación entre la distribución de las medianas y grandes empresas de Ecuador en el pago del AIR y el desempeño económico y financiero de las mismas. El presente estudio utiliza tres medidas para representar variables del desempeño financiero y del sector real de la economía: ganancias, inversión y contratación de trabajadores. Utilizando un panel de las empresas activas en el periodo 2014-2018, se estimó la relación entre el pago del AIR y el desempeño económico y financiero de las empresas. Los resultados, sugieren que para los niveles más altos de la distribución del pago del AIR, existe una correlación negativa con el desempeño empresarial. Además, las estimaciones indican que la reducción o exoneración en este tipo de impuestos, tiene una relación positiva y significativa con el desempeño financiero, no obstante, no se obtienen las mismas conclusiones para las variables del sector real de la economía.

Palabras Clave: Anticipo del Impuesto a la Renta; Rendimiento financiero; Efectos fijos; Datos de panel

Código JEL: G38; L25; M21.

 

Fecha de recepción: 7 de abril de 2020.                       Fecha de aceptación: 15 de mayo de 2020.

 

Abstract:

The relationship between corporate taxes and companies’ financial performance has been extensively studied in economic literature. However, special taxes such as the Advance Income Tax (AIT), have limited studies, especially if it is quantitative evidence. This paper estimates the relationship between the distribution of Ecuador’s large and medium-sized companies in the AIR payment and the economic-financial performance. The study uses four measures of business performance; earnings, recruitment, investment and liquidity.  Using a panel of active companies in the 2014-2018 period, the relationship between AIR payment and the economic and financial performance of the companies was estimated. The results suggest that, for the highest levels of the AIR payment distribution, there is a negative correlation with business performance. Furthermore, estimates indicate that the reduction or exemption in this type of tax has a positive and significant relationship with financial performance and not with variables of the real sector of the economy.

Keywords: Advance Income Tax, Financial Performance, Fixed Effects, Panel Data

JEL Code: G38; L25; M21.

 

Receipt date: April 7, 2020.                                                           Acceptance date: May 15, 2020.

 

 

 

1.    Introducción

 

En el Ecuador, el anticipo del impuesto a la renta (AIR), es el pago anticipado del impuesto a la renta que lo realizan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades obligadas a llevar contabilidad; cuya declaración la realizan con el Formulario 101, denominado “Declaración del impuesto a la renta y presentación de estados financieros, formulario único de sociedades y establecimientos permanentes” del Servicio de Rentas Internas (SRI). El valor determinado se debe cancelar en dos cuotas iguales en julio y septiembre del año fiscal al que corresponda el anticipo y, una tercera cuota, cuando el impuesto causado sea mayor que el anticipo pagado, lo que será determinado junto con la declaración del impuesto a la renta (Ley de Régimen Tributario Interno, 2018) (Reglamento para la aplicación de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, 2018).

La literatura sugiere que la determinación del pago del AIR, influye de manera negativa en la planificación de inversiones y gastos de las empresas, reduciendo su desempeño económico. Al realizarse el pago del impuesto a la renta de manera anticipada, las empresas pueden presentar problemas por falta de liquidez, debido a que dicho desembolso se realiza sin conocer el saldo final de las cuentas que contemplan el objeto del impuesto establecido en el artículo 2 de la Ley de Régimen Tributario Interno. En esta vía, las exoneraciones y reducciones del pago del AIR, podrían ayudar a mejorar la capacidad financiera de los contribuyentes.

El objetivo de la presente investigación es realizar un análisis estadístico del pago del anticipo del impuesto a la renta, para determinar cuál es la potencial relación de este impuesto anticipado con la contratación de nuevo personal, inversiones, ganancias y el desempeño financiero de las medianas y grandes empresas que se mantuvieron activas en el periodo 2014-2018.

La determinación del anticipo del impuesto a la renta ha sido objeto de discusión por las modificaciones que se han realizado en los últimos años. En 2008, se presenta la fórmula del cálculo que involucra las cuentas de Activo Total, Ingresos Gravables, Patrimonio Total y, Costos y Gastos Deducibles. La inconsistencia con esta forma de cálculo se debe a que el objeto del impuesto a la renta deberían ser los ingresos de fuente ecuatoriana y obtenidos en el exterior por los sujetos pasivos (Comisión de Legislación y Codificación, 2018); sin embargo, con la nueva forma de determinación, se estaría considerando indirectamente como parte del objeto del impuesto a la renta a otros elementos como los Activos, Patrimonio, Costos y Gastos que no son objeto de este impuesto.

A partir del 2010, se introduce el concepto de anticipo mínimo, que establece la no devolución ni crédito tributario por más de un año fiscal para los casos en los que el pago del anticipo del impuesto a la renta era mayor que el impuesto causado. 

Con la introducción del concepto de anticipo mínimo, se genera una gran limitante para los sujetos pasivos. Esta limitación se origina cuando el valor del anticipo calculado es mayor al valor del impuesto causado, puesto que en esos casos se considera al valor del anticipo como impuesto mínimo y puede ocasionar que las empresas tengan que pagar el impuesto, aunque hayan tenido pérdidas o no hayan generado ingresos. 

En octubre 2019, tras varios años de crítica del Anticipo del Impuesto a la Renta, el Gobierno anunció la eliminación de este como parte de su plan económico, que deberá ser aprobado por el poder legislativo. El objetivo de esta reforma, sería que los empresarios puedan disponer de una mayor liquidez para la inversión de su proceso productivo (El Universo, 2019). Tal y como lo menciona el representante de la Cámara de Comercio de Guayaquil, el AIR causaba una hemorragia de liquidez en los empresarios, pero con la eliminación de este, ahora los comerciantes podrán aumentar sus niveles de capital de trabajo (El Universo, 2019).

Con los precedentes mencionados anteriormente, se considera relevante analizar el pago del AIR desde una investigación cuantitativa, considerando que los estudios previos realizados en el país, se enfocan en analizar la legalidad y sobre la evolución de su cálculo. Por tanto, este trabajo sería de los primeros en explorar los posibles efectos del pago del anticipo del impuesto a la renta en la contratación de nuevo personal, inversiones, rendimiento financiero.

 

 

2.  Revisión literaria

 

Las tasas impositivas corporativas han sido objeto de análisis debido a los efectos que pueden llegar a producir en la economía de un país. En consecuencia, se han convertido en un punto clave en las políticas públicas ya que permiten evaluar el diseño de políticas tributarias y a su vez, impulsar el desarrollo económico de una nación (DeLong & Lawrence, 1991; Baumol, Robert, & Schramm, 2007).

Djankov, Ganser, McLiesh, Ramalho, & Shleifer (2009), analizan la relación entre los impuestos corporativos, inversiones y emprendimiento; empleando información sobre las tasas de impuesto a la renta efectivas del primer y quinto año de 85 países en 2004. La evidencia encontrada, demuestra que las tasas impositivas tienen un efecto perjudicial en la inversión y el emprendimiento. Adicionalmente, encontraron que las tasas impositivas efectivas más altas se relacionan con una menor inversión para las empresas del sector manufacturero, pero no para el de servicios.

Gameli, Gartchie y Kwabla (2013), utilizan una metodología de datos de panel para determinar el efecto del impuesto a la renta de sociedades en el desarrollo financiero. La investigación determina que existe una relación negativa y significativa entre la relación del impuesto a la renta y el rendimiento financiero. Además, los autores manifiestan que para estimar esta relación se debe tomar en cuenta como variables de control el crecimiento promedio de la empresa, el tamaño de la empresa y los años en el mercado, para las cuales obtuvieron relaciones positivas y significativas.

Arnold y Schwellnus (2008), analizan los efectos de los impuestos corporativos en la productividad e inversión de una muestra estratificada de países de la OCDE durante el periodo 1996-2004. A través del método de diferencias en diferencias, encuentran que el impuesto a la renta tiene un efecto negativo en la productividad de todas las empresas, excepto en empresas pequeñas y nuevas en el mercado, teniendo un impacto mayor en empresas que tienen mayores inversiones en tecnología. En cuanto a la inversión, se determina que el impuesto a la renta reduce los niveles de inversión, puesto que aumenta el costo del capital.

Del mismo modo, otros autores consideran que el impuesto a la renta corporativo se convierte en información relevante para la toma de decisiones empresariales respecto a la forma de organización y reinversión. Por tal motivo, evalúan el efecto de este impuesto en el beneficio neto y rendimiento sobre activos de las empresas. Utilizando un modelo de regresión multivariada encuentran que el impuesto a la renta tiene una relación negativa y significativa con el beneficio neto, así como también, con el rendimiento sobre activos (Cosmina, Stefanez, Minzu, Popa, & Niculescu, 2016).

Desde otra perspectiva, la relación entre el impuesto a la renta y el rendimiento empresarial se considera negativa, ya que, a través de una simulación con la información de los estados financieros de las empresas, se observa que una política de incentivos fiscales para las empresas exportadoras de Túnez, aumenta la rentabilidad económica y financiera de las compañías y promueve las exportaciones del sector (Hedia & Kaddour , 2012).

Muhammad y Saidu (2018), evalúan el efecto del impuesto a la renta en el rendimiento sobre activos de compañías de bienes de consumo en Nigeria, con datos de 2006-2016. A través de un modelo de regresión multivariada, el estudio encuentra que existe una relación negativa entre el impuesto a la renta y el desempeño de la empresa, sin embargo, este resultado no es significativo.

Ardagna & Lusardi (2008), analizan cómo las restricciones regulatorias juegan un punto clave en el momento de iniciar un nuevo negocio, debido a que suele aumentar la aversión al riesgo de los emprendedores. Adicionalmente, encontraron evidencia de que aquellas personas sin un trabajo formal tendrán menos probabilidades de convertirse en empresarios en países donde la regulación sea más estricta. Con sus resultados se evidencia la importancia que tienen las políticas tributarias para impulsar el dinamismo de la actividad empresarial.

En Ecuador, a partir del Impuesto a la Renta a las sociedades, surgió el Anticipo del Impuesto a la Renta que se constituyó en un pago por adelantado que deben realizar las empresas por las utilidades que se espera perciban el siguiente año fiscal. Teniendo en cuenta que la figura del anticipo del impuesto a la renta no es muy común a nivel mundial (Oubiña, Di Giorgio, & Marín, 2016), la literatura respecto a sus posibles efectos es escasa, aún más, tratándose de referencias de carácter cuantitativo.

Vásquez (2015), realizó una investigación cualitativa a través de encuestas al sector empresarial de Perú. Las encuestas fueron realizadas a 50 medianas y pequeñas empresas que manifestaron su percepción acerca de una posible relación entre el pago anticipado del impuesto y la continuidad de sus negocios. El 74% manifestó que su nivel liquidez disminuyó debido al pago anticipado del impuesto a la renta y el 76% indicó que presentaron inconvenientes con el capital de trabajo luego de pagar el impuesto a la renta de tercera categoría.

Para Ecuador, la literatura de carácter cualitativo y legal es más común, pero a nivel internacional se encuentran más investigaciones cuantitativas respecto a los efectos del impuesto a la renta en el rendimiento empresarial, lo que tentativamente ayuda a la formulación de la hipótesis de la relación que existe entre las variables que determinan el rendimiento financiero y el anticipo del impuesto a la renta.

Rubio (2011), manifiesta que el método utilizado en Ecuador para el cálculo del anticipo ha sido cuestionado por el sector productivo, por ser considerado opuesto a la generación de empleo y crecimiento de la inversión. El incentivo hacia el empleo proveniente de la deducción tributaria otorgada por la contratación neta de trabajadores es contrarrestado por el anticipo del impuesto a la renta, debido a que este anticipo no depende del resultado del ejercicio de la empresa, sino que se pagará un anticipo mínimo incluso sin generar renta.

Toala (2016), da a conocer que debe existir claramente una transformación o cambio en la reforma tributaria, ya que el impacto de la fórmula del cálculo del anticipo fomenta una política desafortunada hacia la liquidez y solvencia financiera de las empresas. De igual manera, Orellana y Duque (2015), concluyen que, para Ecuador, el anticipo del impuesto a la renta vulnera los principios tributarios, lo que no sucede en otros países, debido a que el pago excesivo del mismo puede incrementar la pérdida y afectar el patrimonio de las empresas.

Jiménez (2016), analizó una muestra de sociedades que presentaron un anticipo mayor al impuesto causado en el 2013. En este análisis, se encontró que 11.103 empresas registraron un anticipo de impuesto a la renta mayor al impuesto causado, donde el 41,35% de este grupo había registrado un impuesto causado igual a cero y por ende al anticipo se convirtió en un impuesto mínimo para estos entes económicos. Este impuesto mínimo podría considerarse como una desventaja impositiva, ya que existe la posibilidad de que las empresas presentaran un impuesto causado igual a cero, debido a que registraron pérdidas o no percibieron ingresos gravables durante ese periodo fiscal. Tomando en cuenta este problema, la Ley Orgánica para el Equilibrio de las Finanzas Públicas, corrigió la fórmula del anticipo para las microempresas a fin de corregir sus desventajas, lo que conlleva a discutir aún más el tema.

Con la información financiera de dos empresas ecuatorianas comercializadoras de bienes, se estudia de manera cualitativa descriptiva el problema. Se encuentra la existencia de una posible relación, aparentemente negativa, entre la aplicación del anticipo mínimo del Impuesto a la Renta que pagan las comercializadoras por los bienes que no producen cuando se determina un anticipo del impuesto mayor al impuesto a la renta y, el patrimonio y liquidez de estas empresas. Una de las empresas de análisis reflejó que no tenía capacidad de pago para responder a sus obligaciones inmediatas, además su capital de trabajo se redujo considerablemente con respecto al periodo anterior. De igual manera, la segunda empresa analizada, tuvo afectaciones en las utilidades del ejercicio corriente y en su liquidez, debido a que se determinó un pago del anticipo mínimo mayor al impuesto a la renta causado, por lo cual se tuvo que cancelar un impuesto que no guardaba relación con las ventas registradas (Zavala, 2015).

En una investigación descriptiva para analizar el impacto del anticipo del impuesto a la renta en la competitividad de las medianas, pequeñas y microempresas del sector de cuero de la Zona 3 del Ecuador, se evidencia una posible figura del pago del anticipo como un factor desestabilizador del desarrollo competitivo, puesto que han disminuido la liquidez, capacidad de realizar inversiones a largo plazo, personal calificado y los salarios (Sotalín, Muñoz, & Saltos, 2016). Sin embargo, es importante destacar que el estudio mencionado no puede ser generalizable a todo el sector empresarial, debido a que debe ser complementado con evidencia empírica e incluir una muestra más robusta del sector.  

 

 

3.  Contexto del Anticipo del Impuesto a la Renta

 

El anticipo del impuesto a la renta (AIR), es el pago anticipado del impuesto a la renta que realizan los sujetos pasivos de acuerdo con lo establecido en la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI).  El AIR, no representa un impuesto que deban cancelar los sujetos pasivos, sino que más bien representa una forma de pago del Impuesto a la Renta (IR). Este último, a diferencia del AIR, si representa una obligación tributaria que los contribuyentes tienen con el Estado.

 

3.1. Antecedentes

 

La figura del Anticipo del Impuesto a la Renta ha existido desde mediados de los años noventa. A continuación, se presentan las modificaciones de las que ha sido objeto este anticipo.

 

3.1.1. Declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2000

A partir del año fiscal 2000, la declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta lo realizaban las personas naturales obligadas o no a llevar contabilidad y las sociedades; quiénes debían determinar en su declaración correspondiente al ejercicio económico anterior el anticipo a pagarse con efecto al ejercicio fiscal corriente una suma equivalente a:

a)        

Donde el valor del Impuesto a la Renta Causado, correspondía al valor del año fiscal anterior, menos las retenciones que se le hayan efectuado, de acuerdo con el artículo 41, numeral 2 de la LRTI. 

La figura del Anticipo del impuesto a la renta se constituía como un crédito tributario a favor del sujeto pasivo para el pago del Impuesto a la Renta del año fiscal en curso.

 

3.1.2. Declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2007

Hasta la declaración del ejercicio fiscal 2007 y según el Artículo del Capítulo IX del Registro Oficial 463 del 17 de noviembre de 2004, el trato del anticipo al impuesto a la renta era el siguiente:

Para el ejercicio fiscal del 2007 se estableció que, para la declaración y el pago del Anticipo del Impuesto a la Renta, además de los sujetos pasivos anteriormente mencionados también estarían en la obligación del pago y declaración las instituciones sometidas al control de la Superintendencia de Bancos y Seguros, las empresas que tengan contratos de exploración y explotación de hidrocarburos y las empresas del sector público determinadas en el numeral 2 del artículo 9 de la LRTI (Suplemento del Registro Oficial N° 463, 2004).

La determinación de la declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal corriente era equivalente a:

b)        

El pago del anticipo se realizaba en dos cuotas en julio y septiembre, y se constituía en crédito tributario para la declaración del año fiscal corriente con la posibilidad de pedir la devolución del pago anticipado en caso de que fuera mayor que el Impuesto a la Renta Causado.

 

3.1.3. Declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2008

A partir de la reforma dada a través de la Ley Equidad Tributaria publicada en el tercer Suplemento del Registro Oficial N°242 del 29 de diciembre del 2007, en el artículo 96, se establece que para el cálculo del Anticipo del Impuesto a la Renta los sujetos pasivos debían elegir la opción que represente el mayor valor de las siguientes formas de cálculo (Tercer Suplemento del Registro Oficil N°242, 2007):

a)        

a)        

De acuerdo con el artículo 96 del tercer Suplemento del Registro Oficial N°242 del 29 de diciembre del 2007.

Las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, las empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual y las empresas públicas sujetas al pago del impuesto a la renta:

a)        

Las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades, conforme una de las siguientes opciones, la que sea mayor:

b)       

c)        

El pago se realizaba en julio y septiembre, constituyendo un crédito tributario. Si el anticipo era mayor al IRC tendría derecho a utilizar el pago del anticipo mínimo, como crédito tributario, hasta por 5 años, pero si esta no lo utiliza en este lapso, se constituiría como pago definitivo.

 

3.1.4. Declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2009

De acuerdo con el artículo 7 de lo establecido en el Segundo Suplemento del Registro Oficial 392 (2008), se establece el cambio respecto a la devolución del anticipo. Si el anticipo del Impuesto a la Renta era mayor al Impuesto a la Renta Causado, el SRI dispondría la devolución de lo indebida o excesivamente pagado mediante una nota de crédito, cheque o acreditación respectiva, separando en otra nota de crédito el valor que corresponda al anticipo mínimo pagado y no acreditado al pago del impuesto a la renta. Esta nota de crédito sería libremente negociable en cualquier momento, sin embargo, solo sería redimible por terceros en el plazo de cinco años contados desde la fecha de presentación de la declaración.

También, se estableció el cambio de dos a tres cuotas de pago; donde el pago en exceso por concepto de AIR era susceptible de devolución mediante crédito tributario (Gutiérrez, Feijoó, & Orellana, 2016).

 

3.1.5. Declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta para el año fiscal 2010

A partir del 2010, se estableció un cambio en la fórmula de determinación del Anticipo del Impuesto a la Renta. De acuerdo con el artículo 41 del Segundo Suplemento del Registro Oficial N°94 publicado el 23 de diciembre de 2009, se estableció que las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades deberán calcular su anticipo de acuerdo con la siguiente fórmula:

a)          

El pago del anticipo para este grupo, se realizará en los plazos establecidos en el reglamento de la LRTI y en la parte que exceda al valor de las retenciones que el hayan sido practicadas al contribuyente en el año anterior al de su pago; el saldo se pagará dentro de los plazo establecidos para la presentación de la declaración del impuesto a la renta del ejercicio fiscal en curso y juntamente con esta declaración.

El SRI podrá disponer la devolución del anticipo establecido por un ejercicio económico cada trienio cuando por caso fortuito o fuerza mayor se haya visto afectada gravemente la actividad económica del sujeto pasivo en el ejercicio económico respectivo. Este anticipo, en caso de no ser acreditado al pago del impuesto a la renta causado o de no ser autorizada su devolución se constituirá en pago definitivo de impuesto a la renta, sin derecho a crédito tributario posterior.

Después del 2010, el anticipo del impuesto a la renta se convirtió como impuesto mínimo, por lo que ya no se podía solicitar la devolución del pago en exceso ni beneficiarse del crédito tributario para más de una año fiscal (Jiménez, Servicio de Rentas Internas, 2016).

 

3.2. Marco legal

 

La base legal del Anticipo del Impuesto a la Renta y del Impuesto a la Renta se encuentran en el Código Tributario, la Ley de Régimen Tributario Interno (LRTI, Capítulo IX, artículo 41), y el reglamento para la aplicación de la LRTI (Capítulo IX, artículo 76). A continuación, se definen ciertos conceptos básicos necesarios para una mayor compresión del trabajo realizado.

Contribuyente A: Todas las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, las sociedades y organizaciones de la economía popular y solidaria y las empresas dedicadas a la exploración y explotación de hidrocarburos (Presidencia de la República, 2018).

Contribuyente B: Todas las personas naturales y las sucesiones indivisas obligadas a llevar contabilidad y las sociedades (Presidencia de la República, 2018). Los contribuyentes que forman parte de este grupo son los analizados en la presente investigación.

 

3.2.1. Determinación del AIR

El cálculo del anticipo del impuesto a la renta correspondiente al ejercicio fiscal corriente de los contribuyentes tipo B corresponde a un valor equivalente a la suma matemática que se presenta a continuación (Presidencia de la República, 2018).

Donde:

Para el cálculo del AIR, se deberán excluir los montos que correspondan a gastos incrementales por generación de nuevo empleo o mejora salarial y aquellos que correspondan a la adquisición de nuevos activos destinados a la mejora de la productividad e innovación tecnológica (Presidencia de la República, 2018).

 

3.2.2. Formularios declaración y pago

La declaración del Anticipo del Impuesto a la Renta con cargo al ejercicio fiscal corriente se realiza junto con la declaración del Impuesto a la Renta del ejercicio económico anterior, en el Formulario 101 denominado “Declaración del impuesto a la renta y presentación de estados financieros formulario único de sociedades y establecimientos permanentes” del Servicio de Rentas Internas (SRI). Esta declaración debe realizar hasta marzo para las personas naturales y abril para las sociedades.

El pago de las cuotas del AIR, se realiza en el formulario 115 denominado “Pago del Anticipo del Impuesto a la Renta” en los meses de julio y septiembre. Cabe destacar que dicho formulario se encuentra disponible únicamente en la sección de SRI en línea, de la página web del Servicio de Rentas Internas.

3.2.3.  Exoneración del pago del Anticipo del Impuesto a la Renta

El artículo 76 del reglamento para la aplicación de la LRTI, establece que estarán exonerados del pago del AIR los siguientes contribuyentes:

Adicionalmente, a las exoneraciones contempladas en el reglamento para la aplicación de la LRTI, el Estado con la finalidad de proteger a los sectores más vulnerables de la economía puede presentar un decreto ejecutivo en el que exonere a las empresas de un sector o subsector específico del pago del valor o saldo del anticipo del impuesto a la renta en un periodo fiscal determinado.

 

4.   Metodología

 

En esta sección, se muestran las fuentes y proceso de construcción de los datos utilizados en las estimaciones, detallando los principales criterios para la depuración de la información sobre los estados financieros utilizados. Además, se procede a especificar la estrategia empírica empleada para la estimación de la relación entre el pago del anticipo del impuesto a la renta y los beneficios en su determinación con variables que reflejan el desempeño empresarial y económico de las compañías.

 

4.1.  Datos

 

Las bases de datos utilizadas, fueron recolectadas del portal de información de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS). Específicamente, se utiliza información para el periodo 2014-2018 de los estados financieros del sector societario, además, se utiliza el reporte anual del ranking empresarial y el directorio resumido de empresas para obtener características adicionales de cada sector económico.

Primero, se procede a depurar la información de los estados financieros del sector societario de acuerdo a varios criterios. Se eliminaron a todas las empresas que presentaron cantidad de empleados y total de activos fijos y totales iguales a cero. Segundo, para las empresas que reportaron un número positivo de empleados, fueron eliminadas aquellas que tenían un gasto total en sueldos y salarios menor o igual a cero, así como aquellas empresas que en términos legales no se encontraban activas. Finalmente, se seleccionaron solo a empresas medianas y grandes constituidas a partir del año 2013, debido a la calidad del contenido en la información presentada y que, por Ley, las micro, pequeñas y nuevas empresas, reciben un tratamiento especial con respecto a la determinación del anticipo del impuesto a la renta.

Una vez realizada la depuración de los datos, se obtuvo un panel no balanceado de empresas con un total de 10,155 y 37,703 observaciones con datos para 2014, 2015, 2016, 2017 y 2018. El panel está constituido por un conjunto de variables cuantitativas y cualitativas que forman parte de las variables de interés de nuestro análisis y características referenciales de las empresas. En la Tabla 1, se muestran las principales variables utilizadas en nuestro análisis.

 

 

 

Tabla 1

Definición de variables de interés

Variable

Definición-Composición

Ganancias (excedente de explotación)

Tasa de crecimiento del excedente o déficit resultante de la resta del ingreso por venta con los costos productivos; sueldos y salarios, costo de ventas y otros costos de consumos intermedios para la producción.

Contratación de trabajadores

Tasa de crecimiento de la cantidad de empleados.

 

Inversión

Tasa de crecimiento de la totalidad de activos no corrientes.

 

Pago del AIR del año anterior

Esta variable se analiza categóricamente, debido a la interpretación que se obtiene de esta manera. Son variables dicotómicas que toman el valor de 1 si se encuentran en un punto determinado (de 4 posibles intervalos), de la función de distribución del pago del AIR del año anterior.

Exoneración o reducción del AIR

Variable dicotómica que toma el valor de 1 si la empresa fue exonerada o recibió alguna reducción en la determinación del AIR para el año declarado a inicios del periodo.

Fuente: Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, 2019.

 

Otras variables relevantes para el análisis, que son utilizadas en la estrategia empírica, comprenden mayoritariamente un conjunto de variables cualitativas predeterminadas para las empresas; sector económico, tamaño[4] , años en el mercado y la provincia a la cual pertenece. En la Tabla A1, en los anexos, se reporta la composición de la muestra por sector económico y tamaño de la empresa. Por otro lado, es relevante mencionar que la actividad económica en la muestra, acorde al comportamiento de la población, se encuentra concentrada mayoritariamente en 4 sectores; comercio al por mayor y menor, manufactura, construcción y agricultura (ver Tabla A1).

 

4.2.  Metodología

 

Para nuestra estrategia empírica, se verifica si existen diferencias significativas entre los diferentes grupos procedentes de la distribución del monto pagado de anticipo del impuesto a la renta del periodo pasado. De esta manera, se pretende probar la hipótesis de correlación entre el pago del impuesto anticipado con las variables que representan el desempeño financiero y del sector real en las empresas. Para lograr este propósito, se considera la siguiente especificación:

   (1)

La variable dependiente  representa el desempeño financiero o económico para el sector real de la compañía i, en el sector económico s, en el periodo t. El desempeño financiero puede ser medido por el crecimiento de ganancias en las empresas, mientras que el sector real se representa por el crecimiento de empleados contratados y de activos no corrientes en las empresas.  es una variable dicotómica[5] que indica si la empresa i, en el sector económico s, se encuentra dentro del cuartil  en la distribución del pago del AIR en el periodo t-1.   es un vector de variables predeterminadas observables de las empresas[6].  representa el término de error.

La especificación 1, incluye efectos fijos a nivel de empresa, , para capturar los inobservables que no cambian en el tiempo. Además, se incluyen efectos temporales fijos,  que permiten identificar cualquier efecto temporal agregado que cambia en el tiempo, pero no entre las empresas. Por otro lado, es plausible que existan cambios en un determinado año para algún sector económico específico, por lo tanto, hemos incorporado controles dinámicos, , que permitan capturar este efecto, en donde  representa una variable dicotómica para cada sector.

Está claro que, en este caso, realizar las estimaciones utilizando POLS (Panel Ordinary Least Squares), produce estimaciones sesgadas, debido a la existencia de efectos inobservables fijos de las empresas que están potencialmente correlacionadas con el conjunto de variables independientes[7] de interés. Por esta razón, se utiliza un método de estimación que considere dimensiones temporales e individuales y permita controlar por potenciales variables omitidas fijas que no son observadas. Para la estimación, se utiliza el estimador de datos de panel con efectos fijos, puesto que asegura que, condicional a los inobservables fijos, se obtendrá un coeficiente insesgado e inconsistente[8], bajo el supuesto de que el valor esperado condicional de  será igual a 0.

Por otro lado, resulta importante conocer si los esfuerzos hacia los incentivos tributarios tienen alguna relación positiva con el desempeño empresarial y con el sector real de la economía. Para dar soporte a esta estimación, se incorpora una variable adicional a la ecuación 1, que nos permite identificar si existe alguna exoneración o reducción en la determinación del AIR al inicio del periodo. Ahora la especificación luce de la siguiente manera:

   (2)

 

En donde  es igual a 1 si la empresa ha recibido algún beneficio (exoneración o rebaja), en la determinación del AIR para el periodo fiscal que está por empezar y 0 en cualquier otro caso. Por lo tanto, el coeficiente  pretende estimar el efecto adicional de las empresas que reciben algún beneficio tributario con respecto a quienes no lo reciben. Adicionalmente, resulta interesante conocer si este incentivo tributario tiene efectos heterogéneos entre las empresas que más pagan y quienes menos pagan el AIR. Estos dos grupos se obtienen de la distribución del monto pagado de este tipo de impuesto en el periodo anterior, por lo tanto, se plantea la siguiente especificación:

   (3)

 

En esta nueva ecuación, la variable de interacción nos permite reconocer el efecto deseado. Aquí,  es una variable dicotómica que es igual a 1 si las empresas se encuentran en el grupo que pagó un monto de AIR por encima de la mediana (quienes más pagan);0 en caso contrario. Por lo tanto, indica el efecto adicional de recibir un beneficio tributario para las empresas que más carga tributaria tuvieron en el pago del AIR el año anterior con respecto a quienes tuvieron un menor monto de pago.

 

 

 

5.   Resultados

 

Siguiendo la especificación 1 y 2, detallada en el apartado anterior, los resultados indican que para las empresas que pertenecen a los niveles más altos de la distribución del pago del AIR, existe una correlación negativa y significativa con el desempeño empresarial; crecimiento de las ganancias, contratación de personal y crecimiento de los activos no corrientes (ver Tabla 2, Tabla 3 y Tabla 4). A medida que las empresas han pagado un mayor monto del AIR el periodo inmediato anterior y, por lo tanto, pertenecen a un cuartil mayor de la distribución, la magnitud de su decrecimiento, con respecto a quienes menos pagan, se intensifica. En promedio, los nuevos resultados en ganancias, cantidad de empleados y activos no corrientes, para las empresas que pertenecieron al último cuartil de la distribución del pago anterior del AIR, decrecen en 42,9%, 15% y 11,4% con respecto a quienes menos pagaron.

Por otro lado, los beneficios tributarios, identificados por la exoneración o reducción en la determinación del AIR, al inicio del periodo, no tienen mayor efecto en las variables de desempeño económico (activos no corrientes y empleados contratados), únicamente se encontró una correlación positiva y significativa con el crecimiento de las ganancias. Las empresas que reciben algún tipo de beneficio tributario al inicio del periodo tienen en promedio un crecimiento de las ganancias 39,3% mayor que las que no reciben ningún tipo de beneficio. Sin embargo, la robustez de los coeficientes en nuestra especificación no es totalmente estable y no se ha podido determinar una estrategia de identificación puntual, por tanto, no se puede dar una interpretación causal a estos efectos. No obstante, los resultados en las ganancias se mantienen significativos en todas las estimaciones realizadas.

Como se lo menciona en el apartado anterior, además de utilizar estimaciones POLS se realiza una estimación con el estimador de efectos fijos de dos vías. En los resultados que se muestran a continuación, está claro que, utilizar solamente un análisis con OLS es erróneo, puesto que produce coeficientes sesgados. A medida que se incluyen características adicionales en las regresiones, el coeficiente cambia su magnitud considerablemente, aún más, cuando se estima considerando características inobservables y fijas de las empresas.

 

 

 

 

 

 

Tabla 2

Resultado de regresiones para el crecimiento de ganancias.

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

Beneficio tributario

 

23.35***

 

21.24***

 

42.51***

 

39.33***

 

 

(6.71)

 

(7.01)

 

(13.00)

 

(13.14)

Distribución AIR pasado

 

 

 

 

 

 

 

 

 2do cuartil

-6.27*

-2.40

-5.41

-2.37

-24.57***

-22.18**

-20.12**

-18.14**

 

(3.75)

(3.95)

(3.93)

(4.07)

(8.69)

(8.75)

(8.77)

(8.83)

 3er cuartil

-17.86***

-14.09***

-23.70***

-20.20***

-52.84***

-49.17***

-45.93***

-42.87***

 

(4.04)

(4.22)

(4.42)

(4.59)

(12.03)

(12.08)

(12.13)

(12.19)

 4to cuartil

-19.58***

-16.33***

-46.97***

-42.49***

-56.38***

-51.38***

-47.23**

-42.96**

 

(4.15)

(4.20)

(7.79)

(7.92)

(19.34)

(19.22)

(19.51)

(19.41)

 Obs.

27548

27548

27548

27548

27548

27548

27548

27548

 R-squared

0.00

0.00

0.00

0.00

0.01

0.01

0.01

0.01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar están en paréntesis y agrupados a nivel de empresas

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

 

 

Tabla 3

Resultado de regresiones para el crecimiento de los empleados contratados

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

Beneficio tributario

 

-0.27

 

-3.02*

 

-8.31***

 

-8.05***

 

 

(1.63)

 

(1.70)

 

(3.07)

 

(3.03)

Distribución AIR pasado

 

 

 

 

 

 

 

 

 2do cuartil

-5.19***

-5.23***

-3.67***

-4.11***

-1.56

-2.03

-1.49

-1.90

 

(1.30)

(1.37)

(1.33)

(1.38)

(2.73)

(2.73)

(2.75)

(2.75)

 3er cuartil

-8.72***

-8.76***

-9.24***

-9.74***

-5.85*

-6.57*

-6.04*

-6.67*

 

(1.31)

(1.36)

(1.35)

(1.41)

(3.55)

(3.55)

(3.59)

(3.59)

 4to cuartil

-12.55***

-12.59***

-18.98***

-19.62***

-13.83***

-14.80***

14.14***

-15.01***

 

(1.32)

(1.35)

(1.97)

(2.04)

(5.25)

(5.25)

(5.30)

(5.30)

 Obs.

27548

27548

27548

27548

27548

27548

27548

27548

 R-squared

0.00

0.00

0.01

0.01

0.00

0.00

0.01

0.01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

Tabla 4

Resultado de regresiones para el crecimiento de activos no corrientes.

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

 Beneficio tributario

 

-0.67

 

-2.38

 

2.05

 

1.44

 

 

(1.49)

 

(1.53)

 

(2.05)

 

(2.07)

 Distribución AIR pasado

 

 

 

 

 

 

 

 

 2do cuartil

5.16***

-5.28***

-3.92***

-4.26***

-1.56

-1.44

-1.39

-1.32

 

(1.43)

(1.42)

(1.48)

(1.46)

(2.81)

(2.81)

(2.83)

(2.83)

 3er cuartil

6.03***

-6.14***

-6.11***

-6.50***

-7.13***

-6.96**

-6.62**

-6.51**

 

(1.28)

(1.28)

(1.29)

(1.29)

(2.73)

(2.73)

(2.77)

(2.77)

 4to cuartil

9.21***

-9.30***

-13.63***

-14.14***

-12.39***

-12.15***

-11.59***

-11.44***

 

(1.20)

(1.19)

(1.50)

(1.52)

(3.34)

(3.34)

(3.37)

(3.37)

 Obs.

27100

27100

27100

27100

27100

27100

27100

27100

 R-squared

0.00

0.00

0.01

0.01

0.01

0.01

0.01

0.01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

 

 

Como parte del análisis, la especificación 3, prueba la hipótesis de la existencia de efectos heterogéneos, entre las empresas que más pagaron y las que menos pagaron el AIR el año anterior, luego de recibir un beneficio tributario (exoneración o reducción), en la determinación del AIR al inicio del nuevo periodo fiscal. Resulta interesante notar que no existe ningún efecto heterogéneo entre estos dos grupos de empresas, es decir, el comportamiento financiero y económico para estos dos grupos ante un beneficio o incentivo tributario en este tipo de impuestos es el mismo. El coeficiente que acompaña a la variable interacción en la especificación 3 no es significativo para ninguna de las variables de análisis.

 

 

 

 

 

 

 

Tabla 5

Relación entre beneficio en el AIR y desempeño empresarial

  

  (3)

  (2)

  (3)

  

   FE

   FE

   FE

 Grupo de mayor pago de AIR pasado

-31.38***

-7.45**

-6.58***

 

(10.47)

(3.04)

(2.02)

 Beneficio tributario

43.43**

-11.09**

1.32

 

(17.71)

(4.31)

(3.13)

 Interacción

-6.71

7.67

0.72

 

(23.04)

(5.72)

(3.66)

 Obs.

27548

27548

27100

 R-squared

0.01

0.01

0.01

Firm characteristics

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

Yes

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0.01, ** p<0.05, * p<0.1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

6.   Conclusiones y comentarios finales

 

El objetivo principal de este estudio consiste en estimar la relación entre el anticipo del impuesto a la renta (AIR), y el desempeño económico y financiero de las empresas en Ecuador. Evidencia empírica sugiere que el monto de pago del AIR se podría tratar como un determinante significativo del desempeño financiero de las empresas. Mayoritariamente, las investigaciones se han concentrado en estudiar el potencial efecto del impuesto a la renta en el rendimiento financiero, sin embargo, el  anticipo de este tipo de impuesto ha llegado a ser considerado por muchos como un factor que influye negativamente en los niveles de liquidez y rendimiento financiero, apuntalado principalmente en que la determinación del AIR puede ser mayor al impuesto a la renta causado al finalizar el año fiscal, por lo tanto, influye en la determinación de los presupuestos financieros para el próximo año.

En este trabajo, los resultados encontrados apoyan la idea de que mayores montos de pago del AIR tienen una relación negativa con el desempeño económico-financiero. Contrario a la literatura, en este ejercicio no se encuentra ningún efecto significativo en los niveles de liquidez. A medida que las empresas se aproximan a niveles más altos de la distribución del pago del AIR se evidencia una relación negativa y significativa con la tasa de crecimiento de las ganancias, activos no corrientes y cantidad de empleados. No obstante, la correlación negativa más estable y robusta se da entre el AIR y el crecimiento de las ganancias.

Asimismo, los resultados sugieren que el otorgamiento de beneficios (exoneración o reducción), en la determinación del AIR tiene una correlación positiva y significativa en los resultados financieros de las empresas, específicamente en el crecimiento de sus ganancias, no así con la cantidad de empleo generado ni con el crecimiento de los activos no corrientes. Es necesario que se produzca mayor investigación empírica de este tema e implementar nuevos modelos que permitan encontrar nuevas respuestas para la implementación de beneficios tributarios. De esta manera, se podrían tomar decisiones referentes a política industrial y tributaria más eficientes que aporten al debate.

Por último, resulta interesante notar que este tipo de beneficios tributarios para las empresas no tienen mayor efecto en el corto plazo para las variables del sector real de la economía, como el empleo o la inversión. Sin embargo, resta evaluar potenciales escenarios para estas mismas variables al largo plazo y estudiar cuál ha sido su comportamiento. Además, en este estudio no se han abordado temas relacionados con el comportamiento de las empresas al momento de realizar sus declaraciones fiscales, es decir, se ha dejado fuera el tema de evasiones fiscales o comportamientos adversos al sistema tributario, lo cual resultaría interesante para futuras investigaciones que aporten con la toma de decisiones de políticas fiscales basadas en evidencia.

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Anexos

Tabla A1

Composición de la muestra por sector económico y tamaño de la empresa

 

Sectores

Tamaño de la empresa

Total

Mediana

Grande

A

3.071

1.159

4.230

B

279

309

588

C

3.455

2.476

5.931

D

85

70

155

E

100

72

172

F

1.504

517

2.021

G

9.318

5.018

14.336

H

1.723

483

2.206

I

706

180

886

J

718

210

928

K

260

126

386

L

581

176

757

M

1.584

337

1.921

N

1.492

354

1.846

O

1

0

1

P

305

65

370

Q

571

168

739

R

45

8

53

S

139

38

177

Total

25.937

11.766

37.703

 

Tabla A2

Test de Huasman

  

Ganancias

Empleados

Activos no corrientes

beta FE (b)

7,05

-0,14

10,71

beta RE (B)

7,75

6,04

13,98

Diff (b-B)

0,69

-6,19

-3,26

Chi2

12,65

122,43

165,24

p-value

0,00

0,00

0,00

 

Tabla A3

Resultado de regresiones para el crecimiento de ganancias con AIR pasado de forma continua

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

 Beneficio tributario

 

23,21***

 

16,01**

 

29,33**

 

28,16**

 

 

(7,34)

 

(7,49)

 

(14,04)

 

(13,99)

 AIR pasado[9]

-5,59***

-5,52***

-16,65***

-16,23***

-30,70***

-29,12***

-30.13***

-28,66***

 

(1,20)

(1.19)

(2.41)

(2,42)

(8,90)

(8,80)

(8,98)

(8,89)

 Obs.

24772

24772

24772

24772

24772

24772

24772

24772

 R-squared

0,00

0,00

0,01

0,01

0,01

0,01

0,01

0,01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0,01, ** p<0,05, * p<0,1

 

 

Tabla A4

Resultado de regresiones para el crecimiento de empleados con AIR pasado de forma continua

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

Beneficio tributario

 

0,58

 

-1,23

 

-3,87

 

-3.65

 

 

(1,96)

 

(2,00)

 

(3,27)

 

(3,26)

AIR pasado

-2,90***

-2,90***

-4,90***

-4,93***

-7,13***

-7,34***

-7,04***

-7,23***

 

(0,37)

(0,37)

(0,64)

(0,65)

(2,49)

(2,50)

(2,49)

(2,50)

 Obs.

24772

24772

24772

24772

24772

24772

24772

24772

 R-squared

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,00

0,01

0,01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0,01, ** p<0,05, * p<0,1

 

 

 

 

 

Tabla A5

Resultado de regresiones para el crecimiento de activos no corrientes con AIR pasado de forma continua

  

  (1)

  (2)

  (3)

  (4)

  (5)

  (6)

  (7)

  (8)

  

   POLS

   POLS

   POLS

   POLS

   FE

   FE

   FE

   FE

 Beneficio tributario

 

1,49

 

-0,02

 

2,38

 

2,20

 

 

(1,62)

 

(1,63)

 

(2,40)

 

(2,39)

 AIR pasado

-2,18***

-2,17***

-3,75***

-3,75***

-3,45

-3,31

-3,31

-3,19

 

(0,37)

(0,37)

(0,66)

(0,66)

(3,54)

(3,60)

(3,56)

(3,62)

 Obs.

24394

24394

24394

24394

24394

24394

24394

24394

 R-squared

0,00

0,00

0,01

0,01

0,01

0,01

0,01

0,01

Firm characteristics

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Yes

Fixed effects

No

No

No

No

Yes

Yes

Yes

Yes

Dynamic sector FE

No

No

No

No

No

No

Yes

Yes

 

Errores estándar en paréntesis y agrupados a nivel de empresa

*** p<0,01, ** p<0,05, * p<0,1

 



[1] Centro de Investigaciones Económicas, Facultad de Ciencias Sociales y Humanísticas, Escuela Superior Politécnica del Litoral, ESPOL, Campus Gustavo Galindo Km. 30.5 Vía Perimetral, P.O. Box 09-01-5863, Guayaquil, Ecuador.

[2] Facultad de Ciencias Sociales y Humanísticas, Escuela Superior Politécnica del Litoral, ESPOL, Campus Gustavo Galindo Km. 30.5 Vía Perimetral, P.O. Box 09-01-5863, Guayaquil, Ecuador.

 

[3] Inicio del proceso productivo y comercial.

[4]  Las actividades económicas por sector corresponden a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas presentada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC, 2019).  Además, el tamaño de la empresa es definido dentro del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones del Ecuador.

[5] La variable del pago anticipado del impuesto a la renta del año anterior es utilizada como una variable categórica debido a que permite obtener una mejor interpretación del coeficiente estimado entre grupos de empresas, en este caso, respecto a la distribución del monto pagado anterior. Sin embargo, en el Anexo 3,4 y 5 se encuentran todas las estimaciones utilizando la variable continua.

[6] Este conjunto de variables predeterminadas está compuesto por: provincia en donde se encuentra la empresa, inversión extranjera directa del periodo anterior, tamaño de la empresa, tiempo en el mercado, sector de la empresa y el tipo de compañía al que pertenece.

[7] En la sección de anexos, Tabla A2, se encuentran los resultados del Test de Hausman para comprobar la existencia de efectos fijos de las empresas.

[8] (Angrist & Pischke, 2008) ; (Greene, 2002)

[9] En las regresiones de la Tabla A3, A4 y A5 la variable AIR pasado es utilizada con su valor en logaritmo.